INICIO


FORMULARIO APTO DE CRIA

Se emitira un APTO de cria por ejemplar, que se cargara en una base de datos con Numero de APTO para los futuros cruces.
Una vez enviado el FORMULARIO, enviar mail a GOLDENRETRIEVERCLUBARGENTINO@GMAIL.COM con los informes y/o el reenvio del email que el veterinario les envio al remitir las imagenes radiologicas.

Servicios de Terceros de UBA es la entidad que maneja los valores para la Homologacion de las placas, el Club no tiene injerencia en estos costos.
Por lo tanto si desean o tienen dudas, pueden consultar al siguiente email por si hubieran modificaciones en los importes publicados en la Fanpage del GRCA . Email: seprevet@fvet.uba.ar

Actualizacion 2025 APTO DE CRIA leer

5) RESTRICCIONES PARA CRUZAS EN MACHOS Y HEMBRAS REFERIDAS A LA EDAD DE LOS EJEMPLARES Y NUMERO DE CRIAS:
a) Ejemplares hembras: A partir del 1 de Junio de 2025 todas las ejemplares hembras de 8 años cumplidos al momento de la monta, deberán solicitar autorización previa al GRCA para llevar adelante la cruza y la autorización estará sujeta a consideración de cumplir con los siguientes requisitos: Certificado veterinario realizado previamente a dicha monta, en el cual se deberá constatar por parte del profesional, auscultación cardiaca sin observaciones, correcto estado general, que el ejemplar hembra se encuentre en condiciones de salud general de afrontar una monta natural o artificial, que podrá afrontar su preñez, parto natural o cesárea y llevar adelante la crianza de los cachorros hasta su destete, sin que alguno de estos pasos la ponga en riesgo. Se deberá adjuntar un examen laboratorio completo que refleje que el ejemplar esta saludable, tanto en el certificado veterinario como en el informe de laboratorio deben contar con la siguiente información: Nombre de la hembra, numero de microchip, fecha de nacimiento, fecha en que se realiza el certificado, firma, sello y datos de contacto del profesional. Tener en cuanta antes de realizar una cruza con una hembra de 8 años cumplidos, realizar los chequeos de salud pertinentes minimizando riesgos en una hembra de edad avanzada. La Directora de Raza del GRCA tomara en cuenta para la decisión final, la cantidad de crías que el ejemplar hembra tuvo hasta el momento. NO SE OTORGARA PERMISO A HEMBRAS QUE HAYAN TENIDO 4 CRIAS, siendo esta solicitada la quinta.
b) Ejemplares machos: A partir del 1 de Junio de 2025 todos los ejemplares machos de 8 años cumplidos al momento de la monta, deberán solicitar autorización previa al GRCA para dicha cruza y la autorización APTO CRIA correspondientes. Los requisitos solicitados son los siguientes: Certificado veterinario realizado previamente a dicha monta, en el cual se deberá constatar por parte del profesional, que el ejemplar se encuentre en condiciones de salud general de afrontar una monta natural o artificial juntamente con auscultación cardiaca sin observaciones. Dicho certificado veterinario deberá contar con la siguiente información: Nombre del macho, numero de microchip, fecha de nacimiento, fecha en que se realiza el certificado, firma, sello y datos de contacto del profesional. Tener en cuenta antes de realizar una cruza realizar los chequeos de salud pertinentes minimizando riesgos en ejemplares de avanzada edad.
c) A partir del 1 de ENERO de 2026 (inclusive) no se podrán cruzar hembras en mas de dos celos sucesivos.
d) A partir del 1 de ENERO de 2026 todo ejemplar que vaya a reproducirse, macho u hembra debe tener cargado en su pedigree el resultado oficial UBA con nomenclatura FCI, tanto cadera como codos. Las certificaciones emitidas por canofilas miembros, deberán tener nomenclatura oficial FCI, para certificaciones OFA se cargarán en el pedigree los siguientes equivalentes a la escala FCI para cadera y para codos. Antes de esta fecha, la carga será optativa y deberá ser solicitada por el propietario del ejemplar.
CADERAS CODOS
OFA FCI OFA FCI
Excellent A Normal 0
Good B 1 1
Fair B 2 2
Mild C 3 3
Moderate D
Severe E
6) RECOMENDACIONES GENERALES
a) El CLUB recomienda esperar (en el caso de las hembras) a los 18 meses de edad.
b) Es recomendable no cruzar a la hembra en celos consecutivos, dar descanso y tiempo prudencial de recuperación, como así tampoco, realizar más de 4 crías en su vida, siempre actuando y pensando en el bienestar de nuestra raza y de las futuras generaciones.
c) El Golden Retriever Club Argentino recomienda y promueve la evaluación cardiológica, oftalmológica y estudios genéticos correspondientes a la raza. Dichos estudios serán incorporados a este Apto de Cría en un futuro próximo.
e) El Golden Retriever Club Argentino no interfiere en los requisitos, costos, métodos, diagnósticos ni resultados de las certificaciones emitidas por cualquier entidad. Sólo validará las emitidas por la UBA u otras entidades reconocidas por FCI para ser cargadas en los pedigríes de los ejemplares de aquellos propietarios que así lo deseen, El GRCA es la única vía de tal solicitud. SIN EXCEPCIONES

Enviar un mail a goldenretrieverclubargentino@gmail.com indicando en el asunto #REFERENCIA APTO DE CRIA EJEMPLAR CON EL INFORME RADIOLOGICO UBA/OFA O DE CUALQUIER CANOFILA OFICIAL FCI

REGLAMENTO “APTO DE CRÍA” GOLDEN RETRIEVER CLUB ARGENTINO
“Promoviendo el bienestar de nuestros perros, pensando en las futuras generaciones y la preservación de la raza, criadores responsables que hacen la diferencia, será requisito obligatorio para criar que ambos progenitores sean aptos para cría”
1) APTO PARA CRÍA
A partir del 01 enero de 2024, la solicitud de apto para cría deberá ser acompañada de certificación diagnóstica del estado de caderas y codos extendida por la UBA, OFA, BVA o cualquiera de las canófilas de otros países reconocidas y afiliadas a FCI (siempre que sean certificaciones oficiales) NO SE ACEPTARAN CERTIFICADOS VETERINARIOS DE PROFESIONALES PRIVADOS DE ARGENTINA NI DE NINGUN OTRO PAIS, sin excepción. Los perros que presenten sus placas obtendrán su número de apto para cría. Una vez obtenido el número de apto para cría, este deberá incluirse en todas las denuncias de servicio que realice el ejemplar (hembra o macho), y no necesitará repetirse en cada cruza.
2) EXAMEN RADIOLOGICO/NOMENCLATURA Calificación oficial UBA/FCI para CADERAS y CODOS
Caderas A, B, C, D, E. Codos 0, 1, 2, 3
a) A partir del 01 de julio 2024 (CADERAS)
1) Los ejemplares con diagnóstico de caderas E bilateral o unilateral no podrán criar.
2) Los ejemplares con diagnóstico de caderas D en al menos 1 de sus lados, sólo podrán cruzarse con ejemplares con diagnostico bilateral A o B. y no podrán tener más de 2 (dos) crías. El Club recomienda controlar a través de un médico veterinario si el ejemplar es capaz de soportar el esfuerzo de la crianza antes de realizar el servicio en resguardo de la calidad de vida y bienestar del ejemplar.
b) A partir del 01 de Julio 2024 (CODOS)
1) Los ejemplares con diagnóstico de codos 3(tres) en al menos 1(uno) de sus lados, no podrán criar.
2) Los ejemplares con diagnóstico de codos 2(dos) en al menos 1(uno) de sus lados solo podrán cruzarse con ejemplares con diagnostico 0 en ambos lados, solo dos veces en su vida.
3) CERTIFICADOS SEGUN EDAD DE LOS EJEMPLARES: a los ejemplares nacidos
a) antes del 31 de junio de 2018 se les aceptarán certificaciones que tengan como mínimo los siguientes datos: fecha de realización (anterior al 30 de junio 2023), diagnostico radiológico tanto de caderas como de codos, sello y firma del veterinario actuante y nombre del ejemplar aún después del 01 de enero de 2024. Si NO contaran con Certificación alguna, deberán realizar el chequeo radiológico correspondiente, sujetos al cronograma de Apto de Cría General.
b) Todas las placas tomadas a partir del 01 de Enero de 2024 deberán cumplir el Protocolo UBA FCA sin importar la edad de los ejemplares.
c) En todos los casos, el diagnostico deberá cumplir con los mismos requisitos de cruzas posibles mencionados en el punto 4.a, 4.b (caderas) y punto 5.a 5.b (codos)
4) SEMEN CONGELADO:
a) Todos los ejemplares de los que se tenga semen congelado en alguno de los bancos de semen de Argentina, antes de la fecha de publicación del Apto de cría “01 de marzo 2023” y no cuenten con ningún tipo de certificación de caderas y codos no necesitaran autorización alguna para la presentación de la denuncia de servicio correspondiente hasta fecha 30 de junio 2023. A partir del 01 de Julio de 2023, únicamente podrán ser cruzados con hembras con Diagnostico de Caderas A,B o C y en ambos casos Codos 0.
b) A partir del 01 de Julio de 2023, Todos los ejemplares de los que se vaya a congelar semen en alguno de los bancos de Argentina autorizados deberán contar con Certificación de caderas y codos UBA, OFA o BVA o de cualquiera de las Canofilas de otros países reconocidas y afiliadas a FCI (siempre y cuando sean oficiales) NO SE ACEPTARAN CERTIFICADOS VETERINARIOS DE PROFESIONALES PRIVADOS DE ARGENTINA NI DE NINGUN OTRO PAIS, sin excepción.

5) RESTRICCIONES PARA CRUZAS EN MACHOS Y HEMBRAS REFERIDAS A LA EDAD DE LOS EJEMPLARES Y NUMERO DE CRIAS:
a) Ejemplares hembras: A partir del 1 de Junio de 2025 todas las ejemplares hembras de 8 años cumplidos al momento de la monta, deberán solicitar autorización previa al GRCA para llevar adelante la cruza y la autorización estará sujeta a consideración de cumplir con los siguientes requisitos: Certificado veterinario realizado previamente a dicha monta, en el cual se deberá constatar por parte del profesional, auscultación cardiaca sin observaciones, correcto estado general, que el ejemplar hembra se encuentre en condiciones de salud general de afrontar una monta natural o artificial, que podrá afrontar su preñez, parto natural o cesárea y llevar adelante la crianza de los cachorros hasta su destete, sin que alguno de estos pasos la ponga en riesgo. Se deberá adjuntar un examen laboratorio completo que refleje que el ejemplar esta saludable, tanto en el certificado veterinario como en el informe de laboratorio deben contar con la siguiente información: Nombre de la hembra, numero de microchip, fecha de nacimiento, fecha en que se realiza el certificado, firma, sello y datos de contacto del profesional. Tener en cuanta antes de realizar una cruza con una hembra de 8 años cumplidos, realizar los chequeos de salud pertinentes minimizando riesgos en una hembra de edad avanzada. La Directora de Raza del GRCA tomara en cuenta para la decisión final, la cantidad de crías que el ejemplar hembra tuvo hasta el momento. NO SE OTORGARA PERMISO A HEMBRAS QUE HAYAN TENIDO 4 CRIAS, siendo esta solicitada la quinta.
b) Ejemplares machos: A partir del 1 de Junio de 2025 todos los ejemplares machos de 8 años cumplidos al momento de la monta, deberán solicitar autorización previa al GRCA para dicha cruza y la autorización APTO CRIA correspondientes. Los requisitos solicitados son los siguientes: Certificado veterinario realizado previamente a dicha monta, en el cual se deberá constatar por parte del profesional, que el ejemplar se encuentre en condiciones de salud general de afrontar una monta natural o artificial juntamente con auscultación cardiaca sin observaciones. Dicho certificado veterinario deberá contar con la siguiente información: Nombre del macho, numero de microchip, fecha de nacimiento, fecha en que se realiza el certificado, firma, sello y datos de contacto del profesional. Tener en cuenta antes de realizar una cruza realizar los chequeos de salud pertinentes minimizando riesgos en ejemplares de avanzada edad.
c) A partir del 1 de ENERO de 2026 (inclusive) no se podrán cruzar hembras en mas de dos celos sucesivos.
d) A partir del 1 de ENERO de 2026 todo ejemplar que vaya a reproducirse, macho u hembra debe tener cargado en su pedigree el resultado oficial UBA con nomenclatura FCI, tanto cadera como codos. Las certificaciones emitidas por canofilas miembros, deberán tener nomenclatura oficial FCI, para certificaciones OFA se cargarán en el pedigree los siguientes equivalentes a la escala FCI para cadera y para codos. Antes de esta fecha, la carga será optativa y deberá ser solicitada por el propietario del ejemplar.
CADERAS CODOS
OFA FCI OFA FCI
Excellent A Normal 0
Good B 1 1
Fair B 2 2
Mild C 3 3
Moderate D
Severe E

6) RECOMENDACIONES GENERALES
a) El CLUB recomienda esperar (en el caso de las hembras) a los 18 meses de edad.
b) Es recomendable no cruzar a la hembra en celos consecutivos, dar descanso y tiempo prudencial de recuperación, como así tampoco, realizar más de 4 crías en su vida, siempre actuando y pensando en el bienestar de nuestra raza y de las futuras generaciones.
c) El Golden Retriever Club Argentino recomienda y promueve la evaluación cardiológica, oftalmológica y estudios genéticos correspondientes a la raza. Dichos estudios serán incorporados a este Apto de Cría en un futuro próximo.
e) El Golden Retriever Club Argentino no interfiere en los requisitos, costos, métodos, diagnósticos ni resultados de las certificaciones emitidas por cualquier entidad. Sólo validará las emitidas por la UBA u otras entidades reconocidas por FCI para ser cargadas en los pedigríes de los ejemplares de aquellos propietarios que así lo deseen, El GRCA es la única vía de tal solicitud. SIN EXCEPCIONES

Director de Raza: Dra. Magdalena WANKE

Sub Director: Sr Martin Medina